AFIP: Prórroga para bienes personales y ganancias

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El goberno oficializó hoy la prórroga para presentar las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto a los Bienes Personales con el fin de «facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales»

La Resolución General 3860, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la AFIP, Alberto Abad, indica en sus considerandos que «resulta oportuno otorgar un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, para el pago del saldo resultante de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales del período fiscal 2015 correspondientes a las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operan en el mes de abril de 2016».

Para ello, en el único artículo resolutivo de la norma se etablece que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales —correspondientes al período fiscal 2015— de los sujetos comprendidos en las Resoluciones Generales N° 975, sus modificatorias y complementarias y N° 2.151 y sus complementarias —excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30—, cuyos vencimientos operan durante el mes de abril de 2016, podrán efectuarse —en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 3.820—, hasta las fechas del mes de abril de 2016 que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del contribuyente, se indican a continuación:

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE PRESENTACIÓN FECHA DE PAGO
0, 1 y 2 Hasta el día 21, inclusive. Hasta el día 22, inclusive.
3, 4 y 5 Hasta el día 22, inclusive. Hasta el día 25, inclusive.
6, 7, 8 y 9 Hasta el día 26, inclusive. Hasta el día 25, inclusive.

El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a 305.000 pesos y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.