Condenan a la Fundación Madres de Plaza de Mayo a pagar $ 35 Millones

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La Justicia porteña condenó a la Fundación Madres de Plaza de Mayo a pagar 33 millones de pesos por incumplimiento de contrato, en el marco del juicio que le había entablado la Corporación Buenos Aires Sur y con la que se había asociado para fabricar paneles de construcción de casas.

Según se informó, la justicia porteña hizo lugar al reclamo efectuado por incumplimiento contrato, en donde se señala que la Fundación no cumplió con el pago por la compra de los activos correspondientes a la Sociedad del Estado local, tras la disolución en el año 2008 del «Consorcio de Cooperación» creado un año antes para desarrollar y concretar planes de vivienda. En la sentencia también se ordena el reintegro de los costos asumidos por la Corporación ante alquileres impagos del edificio ubicado en Pedro de Mendoza al 3800, entre los años 2008 y 2010.

La decisión fue tomada por el juez Marcelo López Alfonsín, del juzgado N° 18 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, y fue firmada el 10 de noviembre último, aunque recién se conoció hoy a través de la página de noticias del Consejo de la Magistratura porteño.

En el 2007, Sergio Schoklender, quien representaba a las Madres en el consorcio que integraron con la Corporación Buenos Aires Sur, promocionaba la planta que se había inaugurado en la calle Pedro de Mendoza frente al Riachuelo, un edificio de 5000 metros cuadrados que fue alquilado por 10 años. Pero en el 2008 se disolvió el consorcio de cooperación y, según se desprende del fallo conocido hoy, la Fundación de las Madres se habían comprometido a comprar los activos correspondientes a la sociedad creada con la Corporación Buenos Aires Sur.

Ahora, el juez López Alfonsín condenó a la Fundación Madres de Plaza de Mayo a abonar a la Corporación Buenos Aires Sur la suma de 33.754.413,42 pesos, más sus intereses y costas, por incumplimiento de contrato.

La suma de la condena impuesta se compone de «32.460.617 pesos correspondientes al capital adeudado conforme lo dispuesto en el convenio de disolución del Consorcio de Cooperación, en el cual la Fundación, ante su interés de continuar con el proyecto, acordó comprar por dicho monto la participación de la Corporación en el consorcio».