Impuesto para películas online

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El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires impulsó una ley para cobrar un canon 3% de todas las transacciones online para suscripciones que presten servicios de compra o alquiler de productos audiovisuales.

No es un fenómeno nuevo el hecho de que cada vez más usuarios de internet se suscriban a servidores que proveen películas y series online por un precio más bajo que los servicios de cable para TV.

Por tal motivo el Gobierno de la Ciudad a través del ente Administrador Gubernamental De Ingresos Públicos de la Ciudad (AGIP) implementará un impuesto que regirá a partir del 1º de noviembre de 2014. La retención será del 3% de impuesto sobre los Ingresos Brutos a servicios de suscripción online.

La resolución Nº 593 de la AGIP publicada ayer en el Boletín Oficial informa que corresponde establecer un Régimen de Retención a través de las Entidades Emisoras de Tarjetas de Crédito, Débito y Compra para que actúen como Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando intervienen en la contratación de servicios de suscripción online con acceso a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual que se transmiten por Internet a televisores, computadoras y otros dispositivos conectados a Internet”.

La normativa también aplicará para comprar y/o alquilar juegos, música o videos. «La alícuota aplicable para la liquidación de la retención será del 3%, sobre el precio neto de la operación y se practicará en el momento de la rendición de los fondos para su transferencia al exterior» informa el comunicado”.

El impuesto será para el consumidor final, en conclusión para el usuario, que será el que deba afrontar el impuesto del 3% del total del valor de las suscripciones de este tipo con cualquier forma de pago –tarjeta de débito crédito o pago online-.

La nueva normativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comenzará a regir a partir de 1º de Noviembre de 2014.

Francisco Barragán