Nuevo Código Civil y Comercial: los 10 cambios polémicos

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El kirchnerismo logró el quórum y comienza una sesión picante en Diputados por el nuevo Código Civil. Si se aprueba, el proyecto será ley y entraría en vigencia a partir del 2016.

El nuevo conjunto de normas, impone grandes cambios en el divorcio, en el modo de asignar los apellidos y en el pago de deudas en dólares, entre otros. Pasadas las doce, el oficialismo logró el quórum para comenzar con la sesión. La oposición, adelantó que se retirará en la votación.

El Frente para la Victoria poco a poco se encamina a aprobar la reforma del Código Civil y Comercial junto a sus aliados. El mismo, contiene 2671 artículos y abarca temas tales como el matrimonio, la adopción, divorcio, composición de sociedades comerciales, entre otros. Los principales cambios que traerá en el día a día de los argentinos serán:

Inicio de la vida. Lo establece en la «concepción», al modificar el texto original a pedido de la Iglesia. Sostiene el comienzo de la vida humana desde la concepción.

Unión convivencial. A la figura del matrimonio igualitario, que estará incorporada en el nuevo Código, se suma la de unión convivencial. Se crea un Registro de Uniones Convivenciales similares al matrimonio tradicional.

Divorcio. Establece que el matrimonio no deberá cumplir un plazo mínimo para deshacerse mediante divorcio. Será suficiente que uno de los cónyuges solicite el mismo para que se pueda llevar a cabo.

Acuerdos prenupciales. Se podrá optar por un régimen donde las parejas puedan acordar, antes del matrimonio, el modo en que se repartirán los bienes en caso de divorcio.

Apellidos. Los hijos podrán llevar como apellido tanto el de su madre como el de su padre. Si no existe acuerdo entre las partes, el asunto se resuelve por sorteo en el Registro Civil. Podrán decidir si sus hijos llevarán un segundo apellido y además el interesado, con edad suficiente, podrá solicitar que se sume a su nombre el segundo apellido.

Adopción. Permite el acceso al derecho de personas solas o que no estén legalmente casadas. El juez debe resolver la situación de adoptabilidad en 90 días. La idea es buscar mayor rapidez a los trámites.

Responsabilidad del Estado. Pasa al ámbito de aplicación del derecho administrativo, más benigno. Los casos prescriben a los tres años y cada provincia emite sus normas.

Sociedades comerciales. Será posible formar una sociedad unipersonal, integrada por una sola persona, para favorecer a las pymes y microemprendedores. Deberá constituirse como una sociedad anónima sujetas a fiscalización estatal.

Moneda extranjera. Las deudas contraídas en moneda extranjera podrán ser canceladas en pesos.

Barrios privados. Se elimina el procedimiento conocido como «bolilla negra» en los barrios privados; así, los countries ya no podrán negar la admisión de propietarios.