AFIP obliga a inscribir alquileres superiores a los $ 8.000

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La norma rige para los contratos anteriores al 1º de enero que en conjunto o individualmente superen los $ 8.000 mensuales.

Para hacer esto, el propietario deberá ingresar con clave fiscal al servicio «Registro de Operaciones Inmobiliarias», opción «Locaciones y/o Cesiones de Inmuebles», y dar información sobre el inmueble, los contratantes, fecha de celebración del contrato, inicio y finalización de la locación, monto pactado, frecuencia de pago, etc.

El sistema emitirá entonces una constancia con un código para que el propietario entregue al inquilino, que deberá verificar la autenticidad de la constancia ingresando al servicio «Información de Contratos de Inmuebles».

La obligación de informar deberá cumplirse el día 26 del mes siguiente a aquel en que se firme el contrato y además el propietario deberá presentar una declaración jurada anual con lo ocurrido durante el año.