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Comando General Electoral

La conformación del del Comando General Electoral fue decidida  mediante el Decreto Nro. 280, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y los ministros Julio César Martínez (Defensa), Patricia Bullrich (Seguridad) y Rogelio Frigerio (Interior, Obras Públicas y Vivienda).

El Comando General Electoral “tendrá a su cargo las funciones de coordinación y ejecución referentes a las medidas de seguridad que establece el Código Electoral Nacional, como así también las destinadas a facilitar la observancia de las demás disposiciones legales vinculadas con los actos comiciales de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales”, indica la normativa.

“En particular”, remarca el texto, el CGE se ocupará de “la vigilancia de los locales donde funcionen las mesas receptoras de votos» y «de las sedes e infraestructuras destinadas al ingreso y procesamiento de datos para el recuento provisional de resultados que realiza la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda».

También tendrá a su cargo la vigilancia «de las sedes de los Juzgados Federales con Competencia Electoral y Juntas Electorales Nacionales de cada distrito, la custodia de las urnas así como la documentación durante su transporte y hasta la finalización del escrutinio definitivo en cada distrito”.

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El CGE dependerá del Poder Ejecutivo y su titular será designado por el Ministerio de Defensa, que subordinará al Comando los efectivos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea que éste requiera.

En tanto, el Ministerio de Seguridad aportará los efectivos de la Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Policía Federal Argentina, al tiempo que “requerirá de los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la subordinación al Comando General Electoral de los efectivos de sus respectivas fuerzas de seguridad”.

“La movilización de los efectivos afectados a los operativos de seguridad electoral se extenderá desde los cinco días anteriores a las elecciones y hasta la finalización del escrutinio definitivo en cada distrito”, añade el decreto.

Asimismo, establece que “la cobertura de los objetivos de custodia comenzará a las 08:00 horas del día previo a cada elección y deberá permanecer en forma permanente hasta el repliegue del material y la documentación electoral”.

Redacción TANGO

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