El derecho de Caster Semenya a una audiencia justa fue violada por la Corte Suprema federal suiza cuando perdió una apelación de 2023 contra las regulaciones mundiales de atletismo que le prohibió competir, la corte superior de Europa ha gobernado.
El doble campeón olímpico de 800 m obtuvo una victoria parcial en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH) en su larga batalla legal sobre las reglas de elegibilidad sexual del atletismo.
Semenya, de 34 años, nació con diferencias de desarrollo sexual (DSD) y no ha podido competir en los 800 metros desde que World Athletics trajo reglas en 2019 restringiendo los niveles de testosterona para eventos de seguimiento de 400m a la milla.
El corredor de la distancia de la distancia de sudafricana cree que el atletismo mundial ha mostrado discriminación contra los atletas con DSD al insistir en que reducen los niveles de testosterona para ser elegibles.
El órgano rector del atletismo insiste en las reglas, que en 2023 se expandieron para cubrir todos los eventos femeninos de atletismo, se necesitan para garantizar la competencia justa y proteger la categoría femenina.
Semenya fue el campeón olímpico de más de 800m en 2012 y 2016.
En 2019, desafió sin éxito las reglas de World Athletics en el Tribunal de Arbitraje de Arbitraje (CAS) con sede en Suiza.
En julio de 2023, el CEDH falló a favor de Semenya en un caso relacionado con los niveles de testosterona en atletas femeninas.
El caso en el CEDH no estaba en contra de los organismos deportivos o las reglas de DSD, sino específicamente contra el gobierno de Suiza por no proteger los derechos de Semenya y se remonta a una falla de la Corte Suprema suiza desde 2020.
El gobierno de Suiza solicitó que el asunto fuera referido a la Gran Cámara de la CEDH, que ahora descubrió que el fallo suizo “no había satisfecho el requisito de rigor particular” en virtud del Artículo 6 (derecho a una audiencia justa) de la Convención Europea de Derechos Humanos.
Sin embargo, la Gran Cámara encontró las quejas de Semenya en virtud de los Artículos 8 (derecho al respeto por la vida privada), 13 (derecho a un remedio efectivo) y 14 (prohibición de discriminación) inadmisible ya que “no caían dentro de la jurisdicción de Suiza”.
Como el caso se refiere al gobierno suizo y no al atletismo del mundo, no afectará de inmediato las restricciones actuales a los atletas de DSD.
Semenya dijo que el resultado fue “excelente para mí, genial para los atletas” después de dejar la cancha en Estrasburgo, Francia.
“Este es un recordatorio para los líderes [that] Los atletas deben ser protegidos “, dijo.
“Antes de que podamos regular, tenemos que respetar a los atletas y poner sus derechos primero”.
Las decisiones tomadas por la Gran Cámara de la CEDH no están abiertas a la apelación.
El caso de Semenya ahora podría volver al Tribunal Federal Suizo en Lausana.
El atletismo mundial declinó hacer comentarios.