La Justicia procesó al dirigente social Luis D’Elía por “incitación a la discriminación”. La decisión del juez federal Luis Rodríguez se originó en unas declaraciones efectuadas por el líder político en junio y julio de 2011, cuando D´Elía habló de la condición de “paisano” del implicado Schoklendler.
El procesamiento fue dictado por la violación al artículo 3 de la ley 23.592, que establece que «serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma». La actitud de D´Elía se encuadra para el juez en el segundo párrafo de ese artículo que dice: «En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas».
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