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Renunciar a los Fueros: “La estafa mediática de Massa”

La decisión de Sergio Massa y Margarita Stolbizer, precandidatos a senadores nacionales por la provincia de Buenos Aires por la alianza 1País, de renunciar a sus fueros -a los que definieron como «un privilegio aberrante»- abrió un debate sobre qué son, para qué sirven y si, voluntariamente, un legislador puede renunciar a ellos.

Por su parte, el titular del bloque de diputados nacionales del PRO, Nicolás Massot, anunció que presentará un proyecto para que la Cámara de Diputados lo autorice “a renunciar a sus fueros de arresto”, para “sentar un precedente y que se debata el tema con seriedad, no sólo por Julio De Vido sino para adelante”.

Se trata de una protección para senadores y diputados, un derecho garantizado por la Constitución Nacional que establece que sólo se podrá arrestar a un Diputado o Senador en caso de ser sorprendido in franganti en un delito. La idea detrás de esta protección es apuntalar la división de poderes e impedir que se encarcele a integrantes de los otros poderes del Estado por cuestiones políticas.

Tras el escándalo por los sobornos que se pagaron para aprobar la llamada «Ley Banelco» en 2000, se limitó esta protección con el articulado de la Ley de Fueros. En ella se establece que un legislador no puede ser encarcelado durante su mandato, a menos que haya sido desaforado, pero sí puede avanzar el resto del proceso judicial. «La ley vigente no obstaculiza el avance de las causas penales. El juez puede continuar con todo el proceso e incluso llegar a una condena mientras no haya detención y ahí pedir el desafuero», aseguró el constitucionalista Félix Loñ al ser consultado por Télam.

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Sin embargo, Loñ recordó un antecedente histórico puntual que podría ser evocado por los diputados de 1País e incluso por Julio De Vido. En 1997, el dirigente radical Eduardo Angeloz pidió su desafuero como senador para ser juzgado por delitos contra la Administración Pública y la cámara se lo otorgó durante 60 días. Fue sobreseído y recuperó lo fueros. Sin embargo, en aquel debate en el Senado ya se advertía que los legisladores sólo tienen inmunidad de arresto pero no de proceso por lo que nunca un juez puede sentirse inhibido de tomar declaración a ningún senador.

Para completarse el arresto de la persona, tras un proceso completo, debe llevarse adelante el desafuero y para eso sí se necesitan los dos tercios de los votos de la Cámara en cuestión.

¿Puede un legislador renunciar a los fueros?

«Los fueros son del cuerpo, no de sus miembros individuales. Solo el cuerpo puede quitarlos, y por causales específicas y restringidas», explica el politólogo Andy Tow.

Redacción TANGO

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