“Prorróganse por tres meses calendario a partir del 1 de octubre de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860”, dispone la normativa.
Al igual que en las oportunidades anteriores, se explica que la prórroga se adoptó «por razones operativas y con la finalidad de permitir que una mayor cantidad de sujetos interesados puedan exteriorizar sus tenencias y acogerse a los beneficios dispuestos» en la norma.
Asimismo, en el decreto se recuerda que «la referida exteriorización comprende la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, inclusive», además de aquella tenencia «que resulte del producido de bienes existentes» a la misma fecha.
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