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Tratamientos de reproducción asistida gratuitos

La ley 26.862 que garantiza el acceso en forma gratuita a tratamientos de reproducción asistida fue sancionada y reglamentada en 2013.

Sin embargo, recién este año se estableció, mediante un decreto, qué alcance tiene la cobertura que deben brindar las prepagas y obras sociales. Esto es, qué tipo de tratamientos, qué incluyen y cuándo arrancan y cuándo terminan cada uno de ellos.

La ley permite tres tratamientos completos de alta complejidad. Tratamiento completo, quedó establecido en el último decreto, incluye la estimulación ovárica, el proceso de aspiración de óvulos, su fecundación y la transferencia de embriones.

El decreto también aclaró que pueden ser hasta tres transferencias como parte de la misma intervención. Estas aclaraciones a la norma fueron un gran avance en la materia, para dar cobertura a tratamientos que para realizar en forma privada ascienden a 150.000 pesos.

La norma no contempla los casos de mujeres jóvenes que en forma preventiva deciden vitrificar óvulos pensando en postergar su maternidad.

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«La criopreservación de células ováricas tiene dos modalidades. Puede hacerse por causa oncológica, en cuyo caso está cubierto al 100%, o puede hacerse por causa social (una mujer que decide postergar su maternidad). En este último caso no tiene cobertura, porque se considera que está vinculado a la conducta», explicó la doctora Stella Lancuba, de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva, al diario Clarín. Este procedimiento tiene un costo promedio de 25.000 pesos.

En la Argentina, los centros especializados en salud reproductiva toman el criterio de la Sociedad Americana de Medicina Reproductiva que establece un máximo de seis muestras por donante de óvulos. «Se considera que sería ético estimular a una mujer hasta seis veces, como una forma de cuidar su cuerpo y evitar riesgos», explicó la profesional a.

En el caso de los hombres, si bien no hay riesgo físico y no hay limitación en cuanto a muestras, hay estudios poblacionales en cuanto a consanguinidad. «El límite para realizar inseminaciones con donantes es de hasta 20 nacidos cada 800.000 habitantes. Con ese número no habría riesgo de consanguinidad», dijo la especialista.

Sobre la identidad de los chicos nacidos por donación de óvulos o esperma, el nuevo Código Civil estableció una serie de regulaciones sobre el tema.

Reconoce que hay un derecho a tener información sobre el donante distinguiendo información no identificatoria o identificatoria, mediante proceso judicial.

Redacción TANGO

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